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La Ley de Propiedad Horizontal permite la exposición de determinados datos si no se encuentran fácilmente accesibles.

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 1.500 euros a una comunidad de vecinos que colgó en un tablón de anuncios, ubicado en una zona común, un decreto de ejecución de títulos judiciales en el que figuraban los datos personales de una de las propietarias. El documento estuvo expuesto al público durante, al menos, cinco meses.

Los folios del decreto, en los que aparecían como partes implicadas la reclamante y la comunidad, fue expuesto en una zona situada entre el ascensor y las escaleras, a la vista no solo de los propietarios sino de cualquiera que pasara por allí. En el documento se advertía claramente que no podía difundirse el documento judicial sin anonimizar previamente los datos personales contenidos en este. La reclamante considera que se “informa a terceros no interesados sobre su lugar de residencia y que se le vincula a un procedimiento judicial cuya publicidad es injustificada poniendo en riesgo sus datos personales”.

La cuestión adquiere mayor gravedad si se tiene en cuenta que la mujer ya había interpuesto una reclamación contra la comunidad por el mismo motivo cuatro años antes. Aquella situación terminó con un apercibimiento a la comunidad y con el requerimiento de retirada del documento expuesto en el tablón de anuncios.

Si tiene dudas sobre cómo cumplir con el Reglamento General de Proyección de datos, Ruano Informática como especialistas y consultores en su implantación y mantenimiento, le ofrece un servicio de consulta gratuita para evaluar su estado. Solo tiene que llamar al teléfono 950 27 09 90 o enviar un mail a comercial@ruano.com.

Fuente de la información: economistjurist.es

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