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La Agencia Tributaria ha decidio mantener la presentación del modelo 347 en febrero y no adelantarla a enero como se planteó en 2017

Las dudas ya están despejadas. A pesar del temor de muchas empresas y gestores acerca de la posibilidad de que la presentación del modelo 347 se adelantara al mes de enero, la Agencia Tributaria se ha comprometido a que en 2019, la presentación del modelo 347 se mantenga en el mes de febrero. De este modo, la fecha para informar a Hacienda de las operaciones con terceros permanecerá en el mes de febrero, como hasta ahora, una decisión  que cuenta con el «compromiso expreso» de Hacienda.

Así ha quedado reflejado en el BOE.

Mejor para autónomos y gestores

La Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF) ha sido la encargada de anunciar la decisión adoptada por la Agencia Tributaria, algo por lo que desde la Federación y la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) llevaban meses defendiendo, desde que en 2017 Hacienda anunciara su intención de adelantar la presentación del modelo 347.

Tanto la Fettaf como Ata han basado su defensa de la presentación del modelo en febrero en que el posble adelantamiento a enero supondría una carga de trabajo excesiva, ya que el primer mes del año es un mes complejo para el calendario fiscal de profesionales y empresas, ya que coincide en el mismo el cuarto trimestre y los resúmenes anuales del ejercicio fiscal. 

La intención de Hacienda

El objetivo de Hacienda para adelantar al mes de enero la presentación del modelo 347 era agrupar los plazos de presentación de impuestos en un mismo mes, el de enero, en el que coincide el conjunto de obligaciones fiscales de autónomos y pymes, es decir declaraciones trimestrales y resúmenes anuales. Pero la negativa de profesionales tributarios y fiscales y de autónomos y empresarios se fundamenta en que este adelanto habría reducido el margen de tiempo para cotejar la información entre el cliente y el proveedor en un modelo, el 347 de operaciones con terceros, especialmente laborioso.

Qué es el modelo 347

El modelo 347 hace referencia a la declaración anual de operaciones con terceras personas. Se trata de un modelo de carácter informativo, que no conlleva el pago o devolución de ningún importe, e incluye las adquisiciones y entregas de bienes y servicios, ya estén sujetas y no extensas de IVA o no sujetas y exentas del Impuesto Sobre el Valor Añadido.

El modelo 347 es de obligada presentación para personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades) cuya actividad empresarial se desarrolle en territorio nacional y las facturas con tercera personas superen los 3.005, 06 euros anuales. Por todo ello es considerado por profesionales del sector, autónomos y pymes como el modelo “que da más trabajo”. En lenguaje “llano”, el modelo 347 sirve para informar a la Agencia Tributaria acerca de las operaciones con terceros que hayan superado los  3.005, 06 euros.

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