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Te damos todas las claves de qué pasará desde el próximo 25 de mayo con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

 

Se te acaba el tiempo. Si eres empresario o autónomo, a partir del próximo 25 de mayo, estás obligado a cumplir con todas y cada una de las modificaciones que el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) supone frente a la antigua LOPD. ¡Pero no te asustes!

Te traemos la información más detallada para que no te preguntes más: «¿Cómo me afecta el nuevo RGPD?». Y, por supuesto, puedes contar con nosotros para tu Consultoría RGPD.

¿Qué es el RGPD?

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos, aprobado en abril del año 2016 por la Unión Europea (UE), es un documento que unifica las leyes de Protección de Datos de toto el continente y que ha sido diseñado para dotar a las personas de un mayor control y seguridad sobre sus datos personales. En nuestro país, actualmente es la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) la que rige esta materia y, en comparación con el resto de países miembros de la Unión Europea, la española supone una de las leyes más restrictivas en este sentido.

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¿A quién le afecta y cómo?

El RGPD afecta a todos. Seas una empresa de marketing, de agricultura, de tecnología o de banca, desde el 25 de mayo de 2018 la forma de almacenar y tratar los datos de terceros que tengas a tu disposición cambia por completo. Y si no eres empresario, desde ahora aumenta la protección sobre tus datos, ya que, entre otras novedades, ahora será imprescindible que exista una firma de consentimiento inequívoco y explícito del uso de datos.

Los cambios del nuevo RGPD

  • Los ficheros desaparecen y ahora se denominan tratamientos, al igual que el fichero de seguridad, que será sustituido por unos nuevos documentos llamados “Análisis de Riesgos” y “Evaluación de Impacto”, que han de hacerse de forma personalizada por cada empresa o autónomo.
  • Ya no vale cualquier cosa. Su empresa y, también, la consultora que decidan que adapte su RGPD, no solo responden ante infracciones económicas sino que ambos también pueden llegar a responder penalmente.
  • Sanciones y Multas. El no cumplimiento de esta nuevo reglamento puede suponer sanciones del 2% del volumen de negocio anterior.
  • El importe de la sanción ahora se va a dividir entre la Agencia y el afectado/cliente. Sus clientes podrán denunciar ante la Agencia cualquier irregularidad que detecten sobre sus datos y dicha sanción económica, si la hubiese, se repartirá entre su cliente y la Agencia de Protección de Datos.
  • Seguridad informática de los datos, ahora es más necesario que nunca -y obligatorio- preservar los datos de terceros con sistemas de seguridad que garanticen tanto la seguridad de los datos, como su recuperanción ante desastres informáticos, robo, incendio y encriptaciones de base de datos, entre otras amenazas.

Si quieres saber más sobre el nuevo RGPD o contar con la experiencia y profesionalidad de Ruano Informática S.L. para tu consultoría RGPD, contacta con nosotros.

 

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